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title: "Ley Segunda Oportunidad para autónomos en 2026: deudas Hacienda y SS"
description: "La LSO permite cancelar hasta 10.000€ con Hacienda y otros 10.000€ con la Seguridad Social, mantener el negocio y bienes profesionales. Guía 2026."
url: https://stratexlab.com/deudas/segunda-oportunidad-autonomos/
date: 2026-05-12
modified: 2026-06-08
author: "Javier Alonso Méndez"
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categories: ["Deudas"]
type: post
lang: es
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# Ley Segunda Oportunidad para autónomos en 2026: deudas Hacienda y SS

Deudas

Actualizado abril 2026

Si eres autónomo y la facturación se ha hundido, las cuotas se han acumulado y debes a Hacienda, a la Seguridad Social, a proveedores y al banco al mismo tiempo, la **Ley de Segunda Oportunidad** es probablemente tu mejor herramienta. En 2026 puedes **exonerar hasta 10.000€ de deuda con Hacienda y otros 10.000€ con la Seguridad Social**, cancelar el resto de deudas con bancos, microcréditos y proveedores, y **seguir ejerciendo tu actividad**. Esta es la guía específica para autónomos: qué entra, qué no, qué bienes mantienes y qué pasa con tu negocio.

Lo esencial

**Quién puede acogerse:** autónomo persona física (con o sin empleados), buena fe acreditada, sin sentencia firme por delitos económicos en los últimos 10 años.

**Qué se exonera:** deudas con bancos, financieras, microcréditos, proveedores, tarjetas, cuotas de autónomos impagadas, intereses y recargos públicos sin límite.

**Deuda pública:** hasta 10.000€ con AEAT y otros 10.000€ con la TGSS. Escala 100% (hasta 5K) y 50% (5-10K). Por encima, subsiste.

**Tu negocio:** puede continuar. Bienes «imprescindibles para la actividad» están exentos de liquidación.

**Plazo medio:** 6-12 meses para casos sencillos. Coste: 2.500-5.500€ con abogado especializado.

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## ¿Qué cambia respecto a un particular?

El procedimiento legal es el mismo (Texto Refundido de la Ley Concursal, TRLC), pero el autónomo arrastra un cóctel de deudas distinto del de un asalariado: facturas pendientes con proveedores, cuotas impagadas a la TGSS, IVA pendiente, IRPF trimestral, líneas de crédito empresariales y, encima, las deudas personales del titular. La (/deudas/ley-segunda-oportunidad-guia/) trata todas esas deudas como un único bloque, porque el autónomo es persona física sin separación patrimonial entre lo personal y lo profesional.

| Tipo de deuda autónomo | ¿Se exonera con LSO? | Detalle |
| --- | --- | --- |
| Préstamos bancarios y líneas ICO | Sí (100%) | Crédito ordinario y subordinado |
| Facturas con proveedores | Sí (100%) | Crédito ordinario |
| Cuota autónomo impagada (principal) | Sí, hasta 10.000€ | Crédito público TGSS |
| Recargo y apremios TGSS | Sí (100%) | Crédito subordinado |
| IVA, IRPF e Impuesto de Sociedades | Sí, hasta 10.000€ | Crédito público AEAT |
| Sanciones tributarias y recargos AEAT | Sí (100%) | Crédito subordinado |
| Microcréditos y revolving | Sí (100%) | Crédito ordinario |
| Hipoteca vivienda habitual | No (privilegiada) | Sigue exigible si quieres conservar la casa |
| Pensión de alimentos | No | No exonerable |
| Multas penales y responsabilidad civil delito | No | No exonerable |

## Deudas con Hacienda: cómo funciona el límite de 10.000€

Aquí está el punto que más confusión genera. La ley establece que la deuda con la AEAT se exonera **hasta un máximo de 10.000€**, pero NO de forma lineal. La escala funciona así:

1

Hasta 5.000€: exoneración del 100%

Toda la deuda hasta 5.000€ se cancela.

2

Entre 5.000€ y 10.000€: exoneración del 50%

Si tu deuda con Hacienda es de 9.000€: los primeros 5.000€ se cancelan al 100% y de los 4.000€ restantes solo se cancela el 50% (2.000€). Total exonerado: 7.000€. Total que sigues debiendo: 2.000€.

3

Por encima de 10.000€: subsiste

El tramo que excede los 10.000€ no es exonerable y sigue exigiéndose. Si debes 25.000€ a Hacienda, tras la LSO seguirás debiendo 17.500€ del principal (puedes negociar aplazamiento, pero no se cancela).

El detalle que cambia la película

Los 10.000€ de límite aplican **solo al principal de la deuda**. Los **intereses, recargos por apremio y sanciones tributarias** son crédito subordinado y se exoneran **al 100% sin límite**. Si debes 7.000€ de principal + 3.000€ de recargos, lo que sigue exigible tras la LSO es solo 1.000€ de principal (los 3.000€ de recargos desaparecen completos).

## Deudas con la Seguridad Social: lo mismo, pero por separado

El límite de 10.000€ es **independiente** entre Hacienda y Seguridad Social. Si debes 8.000€ a la AEAT y 8.000€ a la TGSS, no compites por un único cupo de 10.000€: tienes 10.000€ por cada organismo. Funciona la misma escala (100% hasta 5K, 50% entre 5K-10K) en cada uno.

Las **cuotas de autónomos impagadas** son la deuda más típica del autónomo y entran aquí. El recargo de apremio (20% adicional) es subordinado: se cancela al 100% sin contar contra el límite.

## ¿Tengo que cerrar el negocio?

Esta es la pregunta que más detiene a los autónomos. Y la respuesta es **no necesariamente**. La ley contempla dos escenarios para autónomos:

| Escenario | ¿Sigue el negocio? | Modalidad LSO |
| --- | --- | --- |
| Negocio rentable pero arrastra deuda histórica | Sí, continúa | Plan de pagos a 3-5 años |
| Actividad en quiebra estructural | No, cese | Exoneración inmediata con liquidación |
| Autónomo que ya cerró antes del concurso | N/A | Exoneración inmediata como persona física |

En el primer escenario (el más frecuente), el juez aprueba un **plan de pagos** que incluye lo que el autónomo puede aportar mensualmente con sus ingresos actuales y proyectados. Mientras lo cumple, sigue facturando y trabajando. Al final del plan, las deudas restantes se exoneran.

## Bienes profesionales: qué te puedes quedar

El TRLC y la práctica jurisprudencial reconocen como **«bienes inembargables imprescindibles para el ejercicio de la actividad profesional»** los siguientes:

- **Herramientas y útiles de trabajo** imprescindibles: ordenador, software con licencia, cámara para fotógrafo, equipo médico, herramientas para oficios manuales.

- **Vehículo de uso profesional** si se acredita que es necesario para el ejercicio de la actividad y no excede de un valor proporcional.

- **Mobiliario y enseres de la actividad** de valor reducido necesarios para el día a día.

- **Vivienda habitual** si la modalidad es plan de pagos: puedes conservarla mientras pagues la hipoteca.

Lo que no es «imprescindible»

Un coche de gama alta, una segunda vivienda, una furgoneta de hace 2 meses comprada al contado o cuentas bancarias con saldo elevado entran a la masa concursal. El administrador valora caso por caso y proporcionalidad. La regla mental: si quitarte ese bien te impide trabajar, es imprescindible. Si es un patrimonio acumulado, no.

## Caso práctico: María, peluquera autónoma con 38.000€ de deuda

Para que se vea cómo se aplica todo, un caso real reconstruido (cifras y nombres ficticios):

**Situación inicial:** María lleva 6 años de autónoma. La pandemia y la subida de la luz le redujeron el margen. Acumula:

- 12.000€ pendientes con un banco (línea ICO Covid)

- 8.000€ con Hacienda (IVA y IRPF de 2 años)

- 7.000€ con TGSS (cuotas de autónomos impagadas + recargos)

- 5.000€ con proveedores (suministros y productos)

- 4.000€ en una tarjeta revolving

- 2.000€ en un microcrédito

**Total: 38.000€.** Vivienda alquilada, sin propiedades. Local de la peluquería con maquinaria y mobiliario propios valorados en 4.000€.

Resultado tras LSO con plan de pagos

**Banco, proveedores, revolving y microcrédito** (23.000€): exonerados al 100%.

**Hacienda** (8.000€): se cancelan 5.000€ al 100% + 1.500€ del 50% del tramo 5K-10K. **Sigue debiendo 1.500€**, fraccionables.

**TGSS** (7.000€, de los cuales 2.000€ son recargo): se cancelan los 2.000€ de recargo (al 100% por subordinado) + 5.000€ del principal. **Saldo pendiente: 0€**.

**Mobiliario peluquería**: imprescindible para la actividad, exento de liquidación. María sigue trabajando.

De 38.000€ de deuda, el plan de pagos cubre 1.500€ (lo que queda de Hacienda). La diferencia entre acogerse y no hacerlo: **36.500€ que María deja de deber para siempre**, recuperando capacidad de financiación y eliminando el estrés de los embargos.

¿Tu situación se parece a la de María?

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## Pasos del procedimiento concursal para autónomo

1

Análisis previo y estrategia

El abogado evalúa si cumples los (/deudas/requisitos-ley-segunda-oportunidad/) y decide entre exoneración inmediata (con liquidación de patrimonio) o exoneración con plan de pagos (mantienes bienes y trabajo).

2

Recopilación documental

Listado de acreedores, certificados de deuda (CIRBE, AEAT, TGSS), declaraciones IRPF, modelo 130/131, libro de IVA, certificado de bienes, nóminas si tienes empleados.

3

Presentación del concurso

Solicitud de concurso voluntario en el juzgado mercantil de tu domicilio. El juez admite a trámite y nombra administrador concursal. Los embargos en curso se paralizan automáticamente.

4

Liquidación o plan de pagos

Si tienes bienes no imprescindibles, se liquidan para pagar lo posible. Si optas por plan de pagos, se firma un calendario de 3-5 años que respeta los bienes profesionales.

5

Auto de exoneración

El juez dicta el auto que cancela las deudas exonerables. Una vez firme, los acreedores no pueden reclamarte. Tus datos salen automáticamente de (/deudas/ficheros-de-morosos-espana/).

## Lo que deberías saber antes de iniciar el proceso

Riesgos y consideraciones

**1. Te impactará en el CIRBE durante 5 años.** El concurso aparece como antecedente. Aun cuando salgas de ASNEF, te dificultará pedir financiación nueva los primeros años.

**2. No puedes ocultar bienes recientes.** Si vendes una propiedad o transfieres dinero a familiares en los 4 años previos al concurso, el administrador puede pedir la nulidad de esas operaciones.

**3. La buena fe es indispensable.** Si tu insolvencia se debe a fraude, ocultación, gastos suntuarios desproporcionados o no haber colaborado con la administración, te pueden negar la exoneración.

**4. Volver a usarla:** debe pasar al menos 5-10 años entre una LSO y la siguiente, según escenario.

## Preguntas frecuentes

### ¿Puedo seguir trabajando como autónomo después de la LSO?

Sí. Si optas por la modalidad de plan de pagos, mantienes la actividad durante todo el procedimiento. Si optas por la exoneración inmediata con liquidación, puedes darte de alta de nuevo como autónomo en cualquier momento, incluso al día siguiente del auto de exoneración. La LSO no inhabilita.

### ¿Qué pasa con mi vivienda habitual si soy autónomo?

Funciona igual que para un particular. Con plan de pagos puedes conservarla pagando la hipoteca. Con exoneración inmediata, si la vivienda tiene valor de mercado claramente superior a la deuda hipotecaria pendiente, entra en la masa concursal. Si la deuda es mayor que el valor (situación habitual hoy), no la pierdes porque no aporta valor liquidable.

### ¿Puedo acogerme si tengo empleados?

Sí. Tener empleados no te excluye, pero el procedimiento es algo más complejo: las nóminas y deudas con trabajadores son crédito privilegiado y se priorizan. Conviene un despacho con experiencia concursal.

### ¿Cuánto cuesta tramitar la LSO de un autónomo?

Entre 2.500€ y 5.500€ según complejidad: número de acreedores, deuda con administraciones, existencia de bienes, plantilla. Muchos despachos ofrecen pago aplazado durante el procedimiento. Justicia gratuita está disponible si tus ingresos están por debajo del umbral, aunque suele ser difícil para autónomos en activo.

### ¿Me quitarán el alta de autónomo durante el concurso?

No. La declaración de concurso no implica baja en el RETA. Puedes seguir facturando, presentando IVA e IRPF, y cobrando ingresos. Esos ingresos se incluyen en el plan de pagos.

### ¿Pueden seguir embargándome durante el concurso?

No. Desde la admisión a trámite del concurso, los embargos quedan automáticamente paralizados. Esa es una de las principales ventajas operativas de iniciar el procedimiento si ya tienes embargos activos.

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FUENTES

— Real Decreto Legislativo 1/2020, Texto Refundido de la Ley Concursal (BOE)

— Ley 16/2022 de reforma del TRLC para transposición de la Directiva (UE) 2019/1023 (BOE)

— Sentencias del Tribunal Supremo de 18 de febrero de 2026 sobre exoneración de crédito público

— Tesorería General de la Seguridad Social: criterios sobre exoneración de cuotas de autónomos

— Webs oficiales de Deudafix, DeudaGo y Repagalia (consultadas en abril 2026)

Stratex Lab es un comparador independiente. Este artículo contiene enlaces de afiliado: si contratas a través de ellos, podemos recibir una comisión sin coste adicional para ti. La información sobre la Ley de Segunda Oportunidad tiene carácter divulgativo y no sustituye al asesoramiento legal profesional. Cada situación es distinta: consulta con un abogado concursal antes de iniciar cualquier procedimiento.
