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title: "Fiscalidad de las inversiones en España: guía 2026 (tramos, FIFO, traspaso)"
description: "Cómo tributan acciones, ETFs, fondos y dividendos en España en 2026. Tramos del 19% al 30%, traspaso exento, regla FIFO y modelo D6 explicados."
url: https://stratexlab.com/fiscalidad/fiscalidad-inversiones-espana/
date: 2026-05-14
modified: 2026-05-01
author: "Javier Alonso Méndez"
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type: post
lang: es
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# Fiscalidad de las inversiones en España: guía 2026 (tramos, FIFO, traspaso)

Fiscalidad

Actualizado abril 2026

Si vendiste 12.000€ en acciones con beneficio en 2025, no pagas un impuesto único: pagas **19% sobre los primeros 6.000€ y 21% sobre el resto**. Si recibiste dividendos, lo mismo. Y si tienes un fondo de inversión, puedes **cambiar de un fondo a otro sin tributar nada**: la única ventaja fiscal seria que existe en el ahorro español. Esta guía te explica cómo tributan tus inversiones en 2026, qué cambió respecto a 2024 y cómo aprovechar las ventajas legales sin entrar en líos.

Lo esencial

**Dónde tributan:** ganancias, dividendos e intereses van a la **base del ahorro** del IRPF (no a la base general).

**Tramos 2025-2026:** 19% (0-6K€), 21% (6-50K€), 23% (50-200K€), 27% (200-300K€), **30% (>300K€)**. El último tramo subió del 28% al 30% en 2025.

**Traspaso entre fondos:** exento. Diferimiento total hasta que vendas. Solo aplica a fondos de inversión españoles o fondos UCITS comercializados en España.

**Brokers extranjeros:** obligación de declarar con el modelo D6 (CNMV) si tienes >1M€ en valores extranjeros, y la antigua 720 sigue para cuentas y otros activos >50K€.

RECOMENDACIÓN PARA APROVECHAR EL TRASPASO EXENTO

InbestMe

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Diferimiento fiscal

Regulado en CNMV

Como InbestMe usa fondos de inversión españoles (no ETFs en su cartera de indexados), puedes pasar del perfil 5 al perfil 8, o subir la renta variable, sin tributar un euro hasta que reembolses. Esa ventaja vale entre el 1% y el 1,5% anual de rentabilidad neta a largo plazo.

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## Base general vs base del ahorro: dónde van tus inversiones

El IRPF tiene dos bases imponibles independientes con escalas distintas. La **base general** recoge nóminas, alquileres y rendimientos de actividades económicas, y se grava entre el 19% y el ~47% según los (/fiscalidad/tramos-irpf/). La **base del ahorro** recoge casi todo lo que genera tu dinero invertido y tiene una escala mucho más amable.

A la base del ahorro van tres tipos de rendimientos:

- **Ganancias y pérdidas patrimoniales:** venta de acciones, ETFs, fondos, criptomonedas, inmuebles, derivados.

- **Rendimientos del capital mobiliario:** dividendos, intereses de cuentas y depósitos, cupones de bonos, primas de seguros de ahorro.

- **Rendimientos del capital inmobiliario:** aquí cuidado, los alquileres NO van al ahorro, van a base general. Solo las ganancias por venta del inmueble.

## Tramos de la base del ahorro 2025-2026

Los tramos del ahorro son progresivos por escalones, igual que la base general. El cambio relevante es que **desde el 1 de enero de 2025 el último tramo subió del 28% al 30%**, afectando solo a quienes superen 300.000€ de ganancias en un año (poca gente, pero conviene saberlo).

| Tramo de la base del ahorro | Tipo | Ejemplo |
| --- | --- | --- |
| 0€ – 6.000€ | 19% | Ganas 5.000€: pagas 950€ |
| 6.000€ – 50.000€ | 21% | Ganas 12.000€: 1.140€ + 1.260€ = 2.400€ |
| 50.000€ – 200.000€ | 23% | Ganas 80.000€: ~16.180€ |
| 200.000€ – 300.000€ | 27% | Ganas 250.000€: ~58.180€ |
| Más de 300.000€ | 30% | Ganas 500.000€: ~143.180€ |

Para que te hagas una idea

Si vendes acciones con un beneficio de **10.000€** y te has cobrado **2.000€ en dividendos** en el mismo ejercicio, tu base del ahorro suma 12.000€. Pagas: 6.000€ × 19% (1.140€) + 6.000€ × 21% (1.260€) = **2.400€**. Tipo medio efectivo: 20%, no 21%.

## Cómo tributa cada producto en concreto

No todos los productos tributan igual. Aquí están los más comunes y la trampa específica de cada uno:

### Acciones cotizadas

Cuando vendes acciones con beneficio, generas una **ganancia patrimonial**. Si vendes con pérdida, una **pérdida patrimonial**. Ambas van a la base del ahorro. Los **dividendos** son rendimiento del capital mobiliario y también van al ahorro.

Cuando cobras un dividendo, tu broker te aplica una **retención del 19%** en origen. Esa retención se descuenta del IRPF que te toque pagar al hacer la declaración.

### ETFs

Tributan exactamente igual que las acciones: ganancias patrimoniales en la base del ahorro al 19-30%. **OJO: no aplican el régimen de traspaso de los fondos.** Aunque vendas un ETF para comprar otro, pagas impuestos por la ganancia. Es la principal desventaja fiscal del ETF en España.

### Fondos de inversión

Aquí está la joya de la fiscalidad española. Los fondos de inversión españoles y los UCITS armonizados (con código ISIN reconocido por la CNMV) tienen el **régimen de traspaso**: puedes pasar dinero de un fondo a otro sin tributar la ganancia. Solo pagas impuestos cuando reembolsas a tu cuenta corriente.

Esto significa que puedes rebalancear, cambiar de gestor o ajustar tu perfil de riesgo durante 30 años sin que Hacienda pase la mano. El interés sigue componiéndose sobre el bruto, lo que tiene un impacto enorme a largo plazo (mira la (/inversion/interes-compuesto/) para entender por qué).

### Depósitos y cuentas remuneradas

Los intereses son **rendimiento del capital mobiliario**. Tu banco te retiene el 19% al pagártelos. Van a la base del ahorro y se ajustan al hacer la declaración.

### Criptomonedas

Tributan como ganancias patrimoniales en la base del ahorro al 19-30%. Cada operación de venta a fiat o intercambio entre cripto (ej. BTC → ETH) **genera un hecho imponible**. La trampa: muchos exchanges extranjeros no aplican retención, así que el 100% del IRPF lo declaras y pagas tú al hacer la renta.

### Inmuebles

La **venta** de un inmueble genera ganancia o pérdida patrimonial en la base del ahorro (19-30%). El **alquiler** tributa como rendimiento del capital inmobiliario en la **base general** (no ahorro), con reducciones del 50% al 90% según los nuevos baremos de la Ley 12/2023 de vivienda si declaras zona tensionada o cumples requisitos.

### Planes de pensiones

Distinto al resto. Las aportaciones **desgravan en base general** (no en el ahorro), hasta 1.500€ anuales para planes individuales. Cuando rescatas el plan, tributa **también en base general** como rendimiento del trabajo (al 19-47%). Suele ser ventajoso solo si tu marginal en el momento de aportar es claramente más alto que el del rescate.

## Compensar pérdidas con ganancias: la regla que casi nadie usa

Si tuviste pérdidas patrimoniales, no las pierdes: las puedes compensar con ganancias del mismo o de los próximos **4 ejercicios**. Y si te sobran pérdidas patrimoniales tras compensar todas tus ganancias, puedes cruzar hasta el 25% contra los rendimientos del capital mobiliario (dividendos, intereses).

| Tipo de saldo | Compensa con | Cruce |
| --- | --- | --- |
| Ganancias patrimoniales | Pérdidas patrimoniales del mismo ejercicio o de los 4 siguientes | Hasta 25% contra rendimientos capital |
| Rendimientos del capital mobiliario (+/-) | Otros rendimientos del capital mobiliario | Hasta 25% contra ganancias/pérdidas |

Ejemplo práctico

Vendiste acciones con +8.000€ de ganancia. También vendiste otras con −3.000€ de pérdida. Cobraste 1.500€ en dividendos. Tu liquidación: ganancias netas patrimoniales = 8.000 − 3.000 = 5.000€. Sumas el dividendo: base ahorro = 6.500€. Pagas: 6.000€ × 19% + 500€ × 21% = 1.245€. Sin compensar las pérdidas habrías pagado 1.835€. **Te ahorras 590€ por hacer bien el cruce.**

## La regla anti-aplicación: ojo si recompras lo mismo

Una idea que circula: vender en pérdida en diciembre para compensar y volver a comprar en enero. Hacienda lo sabe. Si recompras un activo **homogéneo** dentro de los **2 meses** anteriores o posteriores a la venta (1 año si son valores no cotizados), la pérdida no es deducible inmediatamente: queda en suspenso hasta que vendas definitivamente.

Aplica también a **fondos similares con mismo subyacente** y a **cripto del mismo tipo**. Si quieres aflorar pérdidas para compensar, espera al menos 2 meses antes de recomprar el activo idéntico, o cambia a un activo distinto (otro índice, otra acción del mismo sector pero no la misma).

## FIFO: por qué no eliges qué acciones vendes

Si compraste 100 acciones de Inditex en 2018 a 22€ y otras 100 en 2024 a 45€, y ahora quieres vender 100 a 50€, **no eliges cuáles vender**. La AEAT aplica el método **FIFO** (first in, first out): se considera que vendes las primeras que compraste. La ganancia computa sobre las antiguas (50−22 = 28€/acción), no sobre las recientes.

Esto importa porque las acciones más antiguas suelen tener más ganancia acumulada. Si querías «vender las nuevas» para aflorar menos plusvalía, no puedes. Para los **fondos de inversión** aplica también FIFO sobre las participaciones por orden de adquisición.

¿Estás pensando dónde colocar tu dinero?

Mira nuestra guía actualizada con todas las opciones de inversión en España y su tratamiento fiscal.

(/inversion/donde-invertir-dinero/)

## Brokers extranjeros: modelo D6 y modelo 720

Si operas con un broker extranjero (Interactive Brokers, DEGIRO, Trading 212, Bitpanda, Trade Republic), la ganancia tributa igual que con un broker español: en la base del ahorro al 19-30%. La diferencia está en las **obligaciones informativas** adicionales.

| Modelo | Cuándo presentar | A quién |
| --- | --- | --- |
| D6 (CNMV) | Anual, antes del 31 de enero | Si tienes valores depositados en el extranjero (acciones, ETFs) por valor >1.000.000€ o has hecho movimientos relevantes durante el año |
| 720 (AEAT) | Anual, antes del 31 de marzo | Si tienes en el extranjero cuentas, valores o inmuebles >50.000€ por categoría |
| 721 (AEAT) | Anual, antes del 31 de marzo | Si tienes >50.000€ en criptoactivos custodiados por proveedores extranjeros |

Sanción 720 tras la sentencia europea

El Tribunal de Justicia de la UE tumbó las sanciones desproporcionadas del modelo 720 en 2022. Hoy las multas son las generales de la Ley General Tributaria (200€ por dato, máximo 20.000€), no las antiguas del 150% del valor. Pero la obligación de informar sigue vigente.

## Estrategias legales para pagar menos

1

Usa fondos de inversión, no ETFs, si vas a rebalancear

El traspaso exento solo aplica a fondos. Si tu estrategia incluye cambios de cartera con cierta frecuencia, los fondos te ahorran un 1-1,5% anual neto sobre los ETFs.

2

Aflora pérdidas en diciembre para compensar ganancias

Si has vendido con beneficio, revisa la cartera en pérdida en noviembre-diciembre. Vender una posición perdedora reduce tu factura de IRPF. Cuidado con la regla de los 2 meses si quieres recomprar.

3

Reparte ventas grandes entre dos ejercicios

Si vas a aflorar 100.000€ de plusvalía, vender 50K€ en diciembre y 50K€ en enero te mantiene en tramos más bajos: parte tributa al 21% en lugar de subir al 23%.

4

Cuidado con los planes de pensiones

Solo merecen la pena si tu marginal actual es alto (≥37%) y prevés un marginal mucho más bajo en la jubilación. Si vas a aportar y rescatar al mismo tipo, no ganas nada y pierdes liquidez.

## Lo que deberías saber antes de declarar

Errores que pagas con multa

**1. No declarar dividendos o intereses cobrados.** El banco/broker ya informa a la AEAT con el modelo 196/198. Si tú no lo metes en la renta, salta el aviso.

**2. Operaciones cripto sin declarar.** Desde 2024 los exchanges españoles informan con el modelo 172/173. Cualquier intercambio cripto-cripto cuenta.

**3. Olvidar reinversiones en vivienda habitual.** Si vendes tu vivienda habitual y reinviertes en otra en 2 años, la ganancia está exenta. Hay que indicarlo en la casilla correspondiente.

**4. Mezclar saldos de pérdidas con criterios distintos.** No puedes compensar libremente: ganancias con pérdidas patrimoniales, rendimientos con rendimientos. El cruce máximo es 25%.

## Preguntas frecuentes

### ¿Cuánto pago si gano 5.000€ vendiendo acciones?

El 19% sobre los 5.000€ porque entras dentro del primer tramo de la base del ahorro. Pagas **950€**. Tu broker no retiene en la venta (solo retiene en dividendos), así que la cifra completa la liquidas en la declaración del año siguiente.

### ¿Tengo que declarar si solo cobré 30€ de dividendos?

Sí, en la renta. Aunque sea poca cantidad, los rendimientos del capital mobiliario obligan a presentar declaración cuando superan los 1.600€ (todos sumados) en el año. Por debajo de ese umbral y con menos de 22.000€ de salario, hay quien no está obligado a declarar, pero conviene revisar tu caso específico con la AEAT.

### ¿Cuándo aplicar el régimen de traspaso de fondos?

Cuando quieres pasar dinero entre fondos de inversión españoles o UCITS comercializados en España. Se solicita en el banco o gestora. Aplica de oficio si comunicas el traspaso correctamente: no recibes el dinero en cuenta, va directo del fondo origen al destino. La ganancia diferida se computa cuando finalmente reembolses a tu cuenta.

### ¿Cómo tributan las criptomonedas?

Como ganancias patrimoniales en la base del ahorro al 19-30%. Cada venta a euros y cada intercambio entre cripto (BTC → ETH) genera hecho imponible. Se aplica método FIFO. Los exchanges españoles ya informan a Hacienda con los modelos 172 y 173 desde 2024.

### ¿Puedo deducir la comisión del broker?

Sí. Las comisiones de compra forman parte del valor de adquisición; las de venta minoran el valor de transmisión. Resultado: la ganancia patrimonial sobre la que tributas es **neta de comisiones**. Guarda los justificantes.

### ¿Qué pasa si tengo pérdidas y este año no he ganado nada?

Las pérdidas patrimoniales se arrastran hasta **4 ejercicios**. Si este año te quedan en negativo, las podrás compensar con futuras ganancias durante los próximos 4 años. Hay que recordar declararlas en su año natural para que queden registradas.

¿Inviertes con un broker extranjero?

Bitpanda permite cripto, acciones y ETFs desde 1€. Está regulado por BaFin (Alemania) y FMA (Austria). Recuerda incluirlo en el modelo D6 si superas los umbrales.

✓ Acciones desde 1€
✓ Regulación europea MiCA
✓ Cumple obligaciones D6/720

(https://www.financeads.net/tc.php?t=67326C290661368T)

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FUENTES

— Agencia Tributaria: Manual de la Renta 2024 y novedades 2025 (sede.agenciatributaria.gob.es)

— Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del IRPF (BOE)

— Real Decreto-ley 8/2023 de modificación de tipos del ahorro (BOE)

— STJUE C-788/19 sobre el modelo 720 (curia.europa.eu)

— CNMV: Guía sobre el modelo D6 y normativa de inversiones extranjeras (cnmv.es)

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