Si arrastras 8.000 € o más en préstamos, tarjetas o microcréditos, puedes negociar todo en una sola cuota que aguantes, o cancelar la deuda entera por la Ley de Segunda Oportunidad. Contesta tres preguntas y te ponemos con un despacho especializado.
Personas físicas que entraron en concurso solo en un trimestre. No es un caso raro.
De todos los concursos presentados, nueve de cada diez son particulares, no empresas.
Lo que han crecido los procedimientos respecto al mismo trimestre de 2025.
A partir de ahí los despachos con los que trabajamos estudian el caso.
Entre abril y junio de 2026 entraron en concurso 14.608 deudores en España, y 13.007 de ellos eran personas físicas. Cataluña, Madrid, la Comunidad Valenciana y Andalucía concentran dos de cada tres casos. La Ley de Segunda Oportunidad existe desde 2015 precisamente porque el legislador asumió que una persona puede quedarse sin capacidad de pago y merece volver a empezar.
Estadística concursal del Colegio de Registradores y del Consejo General del Poder Judicial, segundo trimestre de 2026. Ley 16/2022, de 5 de septiembre, de reforma del texto refundido de la Ley Concursal. STS 450/2025.
La pregunta que lo decide todo es sencilla: ¿puedes pagar algo cada mes o ya no puedes pagar nada? De ahí sale el camino, y lo confirma el despacho cuando ve tus números.
Se agrupan todas tus deudas en un único plan de pago y se negocia con cada acreedor para rebajar el importe o alargar el plazo. No es un préstamo nuevo: nadie te da dinero, se negocia el que ya debes.
Un procedimiento judicial que puede cancelar la deuda pendiente si acreditas insolvencia y buena fe. Está en la ley concursal desde 2015 y se simplificó en 2022.
La Segunda Oportunidad no borra absolutamente todo, y quien te diga lo contrario te está vendiendo humo. Esto es lo que la ley permite y lo que deja fuera.
Haber actuado de buena fe, estar en situación de insolvencia real, no tener condena firme por delitos socioeconómicos en los últimos diez años y no haberte acogido a la Segunda Oportunidad en los últimos cinco. Si alguno falla, el despacho te lo dirá en la primera llamada en lugar de cobrarte por intentarlo.
Son ejemplos ilustrativos construidos con perfiles habituales, no clientes reales ni resultados garantizados. Sirven para que te reconozcas en alguno y entiendas qué vía suele encajar en cada caso.
Cadena de microcréditos que empezó con 300 € para llegar a fin de mes y acabó en seis entidades distintas. Sin nómina estable no hay plan de pago que aguante, así que la vía es el procedimiento judicial.
Dos préstamos, una revolving y el coche financiado: 780 € al mes en cuotas sobre una nómina de 1.450 €. Aquí sí hay capacidad de pago, y lo que sobra es desorden y tipos de interés.
Negocio cerrado con deuda pendiente con proveedores y con la Seguridad Social. Es el perfil al que más le ha cambiado la vida la sentencia del Supremo de 2025 sobre el crédito público.
Tres preguntas y tus datos de contacto. No hace falta que reúnas ningún papel todavía.
1 minutoRepasa contigo cuánto debes, a quién y con qué ingresos cuentas, y te dice qué vía encaja.
Normalmente el mismo díaSi te convence, firmas. Si no, no pasa nada: el estudio no se cobra.
Sin compromisoNegociación con acreedores o presentación del expediente en el juzgado, según la vía.
De 3 a 18 mesesEsta es la parte que casi nadie pone en su web, y es justo la que necesitas para decidir. El estudio es gratis. El servicio no.
| Concepto | Orden de magnitud | Cuándo se paga |
|---|---|---|
| Estudio previo | 0 € | Nunca |
| Honorarios del despacho | Cuota mensual desde ~125 € | Mientras dura el procedimiento |
| Notaría o mediador concursal | Variable, según el caso | Al iniciar el expediente |
| Procurador y juzgado | Variable, solo en la vía judicial | Durante la tramitación |
| Lo que pagas a StratexLab | 0 € | Nunca |
Pide el coste total y por escrito antes de firmar nada, y no firmes el mismo día. Desconfía de quien te garantice el resultado por teléfono: la exoneración la concede un juez y nadie puede prometerla de antemano. Y si te piden una entrada alta antes de mirar tu expediente, cuelga.
| A favor | En contra |
|---|---|
| Sales de ASNEF, RAI y demás ficheros de morosos | El procedimiento es público y se inscribe en el Registro Público Concursal |
| Paran los embargos de nómina y de cuenta | Durante un tiempo te costará más conseguir financiación |
| Se acaban las llamadas de las empresas de recobro | No puedes volver a acogerte en cinco años |
| Puedes volver a empezar sin arrastrar la deuda vieja | Si quieres conservar la vivienda hipotecada, la hipoteca sigue |
No somos abogados y no tramitamos nada: te ponemos con una de estas dos empresas, que son las que estudian el caso y lo llevan.
Segunda Oportunidad, reestructuración de deuda, paralización de embargos y eliminación de ficheros de morosidad. Inscrita como mediadora concursal en el Ministerio de Justicia y en el Registro Mercantil de Madrid.
Reunificación sin pedir un préstamo nuevo, negociación con acreedores con quitas de hasta el 50%, Ley de Segunda Oportunidad y eliminación de ASNEF. Es la alternativa cuando aún hay capacidad de pago.
Las cifras de esta sección son las que declaran las propias empresas y las que publica Trustpilot; no las hemos verificado una a una. Cobramos de ellas si acabas contratando, y no de ti. Eso no cambia lo que te contamos aquí, pero tienes derecho a saberlo antes de dejarnos tu teléfono.
Ni papeles, ni desplazamientos, ni pagar por saberlo. Si tu caso no encaja, te lo diremos.
Ver si puedo cancelar mi deudaStratexLab no es un despacho de abogados ni una entidad financiera. Somos un comparador: ponemos en contacto a quien tiene un problema de deuda con empresas especializadas en resolverlo y cobramos de ellas si acabas contratando. Los casos de la sección «Casos tipo» son ejemplos ilustrativos construidos con perfiles habituales del sector, no clientes reales, y no representan resultados garantizados.
La información de esta página es divulgativa y no sustituye al asesoramiento de un profesional sobre tu caso concreto. Referencias: Ley 16/2022, de 5 de septiembre, de reforma del texto refundido de la Ley Concursal; Sentencia del Tribunal Supremo 450/2025, de 20 de marzo; estadística concursal del Colegio de Registradores y del Consejo General del Poder Judicial correspondiente al segundo trimestre de 2026.