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Reclamar a tu banco: 15 días hábiles o un mes, según el producto

Actualizado el 11 de septiembre de 2026 8 min de lectura Comparador independiente

Última actualización: 11 de septiembre de 2026

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Actualizado septiembre 2026

El dato que decide tu reclamación y que casi nadie cuenta: el plazo que tiene tu banco para contestarte depende del producto. Si es algo de pagos —una cuenta, una tarjeta, una transferencia, un recibo—, son 15 días hábiles. Si es una hipoteca, un préstamo o un depósito, un mes. Pasado ese plazo sin respuesta satisfactoria, puedes escalar al Banco de España, que tiene hasta cuatro meses. Y hay una limitación que conviene saber desde el principio: su resolución no obliga al banco a nada.

Lo esencial

Primer paso obligatorio: el Servicio de Atención al Cliente de tu banco. Sin pasar por ahí, el Banco de España no admite tu reclamación.

Plazos: 15 días hábiles en servicios de pago, un mes en el resto. Luego el Banco de España, hasta 4 meses.

El límite del sistema: las resoluciones del Banco de España no son vinculantes. Si el banco decide ignorarlas, puede.

Lo que viene: hay una ley en tramitación para crear una autoridad con resoluciones sí vinculantes hasta 20.000 €. Todavía no está en vigor.

Los tres escalones, con sus plazos reales

Reclamar a un banco es un camino con orden. Saltarse un escalón no acelera nada: te devuelven al anterior.

EscalónPlazo que tienen¿Obliga al banco?Coste
1. SAC del banco
Servicios de pago
15 días hábilesEs su propia decisiónGratis
1. SAC del banco
Hipotecas, préstamos, depósitos
1 mesEs su propia decisiónGratis
2. Banco de EspañaHasta 4 mesesNo, no es vinculanteGratis, sin abogado
3. Vía judicialMeses o añosAbogado y procurador según cuantía

La distinción de la primera columna es la más útil de todo este artículo. Si tu problema es un cargo en la tarjeta, una transferencia que no llegó o una comisión de mantenimiento, el banco tiene 15 días hábiles, no un mes: pasado ese plazo ya puedes subir el escalón. Mucha gente espera dos meses «por si acaso» cuando lleva semanas pudiendo escalar.

El paso que todo el mundo se salta

Ir directamente al Banco de España no funciona: te devuelven la reclamación. Acreditar que primero reclamaste al Servicio de Atención al Cliente de tu entidad es un requisito de admisión, no una formalidad. Y el SAC no es la persona que te atiende en la oficina ni el teléfono de siempre: es un departamento con obligación de contestar por escrito, con su propio canal y su propio reglamento.

Así que el primer movimiento útil es identificar ese canal en la web de tu banco, presentar la reclamación por escrito y quedarte con el justificante o número de expediente. Sin ese acuse, el escalón siguiente no existe.

La llamada de teléfono no cuenta

Explicar el problema por teléfono, por el chat de la app o en el mostrador no inicia ningún plazo ni deja rastro que puedas usar después. Si ya lo has hecho y te han dicho que «lo están mirando», repítelo por escrito hoy: es lo que pone el contador en marcha.

Cómo escribir una reclamación que se sostenga

1

Los hechos, con fechas e importes

Qué pasó, cuándo y cuánto. «Me cobraron 60 € de comisión de mantenimiento el 3 de julio» sirve; «me cobran comisiones abusivas» no. Adjunta extractos, contrato y cualquier comunicación previa.

2

Qué pides exactamente

Una cifra y una acción concretas: la devolución de esos 60 €, la baja de un producto, la rectificación de un dato. Una reclamación sin petición concreta es una queja, y se contesta con una disculpa.

3

En qué te apoyas

La cláusula del contrato, la información precontractual que te dieron o la norma que crees incumplida. No hace falta lenguaje jurídico: basta señalar dónde dice lo que dices que dice.

Si el Banco de España te da la razón y el banco pasa

Aquí está la debilidad del sistema actual, y conviene contarla sin adornos. El Departamento de Conducta de Entidades del Banco de España emite un informe motivado diciendo si la entidad actuó conforme a las buenas prácticas. Ese informe no es ejecutivo: no obliga al banco a devolverte nada.

Dicho eso, no es papel mojado, y por dos motivos. El primero, práctico: muchas entidades rectifican al recibirlo, porque el número de informes desfavorables es un dato que el supervisor vigila. El segundo, procesal: si acabas en el juzgado, llevar un informe del supervisor que te da la razón es una posición mucho mejor que llegar solo con tu versión.

Lo que está por llegar

Hay una ley en tramitación parlamentaria para crear una autoridad independiente de defensa del cliente financiero, cuyas resoluciones sí serían vinculantes para el banco en reclamaciones de menos de 20.000 €, con un plazo máximo de 90 días, acceso gratuito y sin necesidad de abogado. Cubriría también a usuarios de fintech y criptoactivos. Ojo: todavía no está en vigor, así que hoy sigue mandando lo de arriba. Si ves artículos que la dan por existente, están adelantándose.

Y si tu problema no es bancario, el organismo es otro

Equivocarse de ventanilla cuesta meses. El supervisor depende del producto, no de quién te lo vendió: aunque todo venga del mismo banco, un fondo y una hipoteca van a sitios distintos.

Si el problema es de…Vas a…
Cuentas, tarjetas, transferencias, hipotecas, préstamosBanco de España
Fondos, acciones, planes de pensiones y otros productos de inversiónCNMV
Seguros de cualquier tipoDirección General de Seguros y Fondos de Pensiones
Uso indebido de tus datos personalesAEPD
Publicidad engañosa y prácticas comerciales abusivasConsumo de tu comunidad autónoma

Sobre los datos personales, un caso que se repite: si tu entidad o quien gestiona su cartera de impagados le ha contado tu situación a un tercero, eso va por la AEPD y es gratis. Lo desarrollamos en qué hacen con tus datos las fintech y, si además hay presión de recobro, en qué no puede hacer un cobrador de deudas.

Tres reclamaciones que casi siempre prosperan

Cobrarte una transferencia inmediata más cara que una normal. Desde el 9 de octubre de 2025, el Reglamento (UE) 2024/886 lo prohíbe expresamente. Es una norma directamente aplicable y muy fácil de acreditar con un extracto: lo tienes en costes y plazos de las transferencias SEPA y en la comparativa de Bizum, PayPal y Revolut.

Comisiones por servicios que no contrataste, o el mantenimiento de una cuenta que abriste como «gratuita» sin que te explicaran la condición que sostenía ese cero. Aquí la clave es la información precontractual que te entregaron al firmar.

Negarse a darte documentación de tus propios productos. Tienes derecho a copia de tu contrato y a la información sobre lo que has contratado. Una negativa reiterada es, por sí sola, motivo de reclamación.

¿Es la tercera vez que reclamas lo mismo?

Si el problema son comisiones recurrentes, reclamar cada mes resuelve el síntoma. Hay cuentas sin comisión de mantenimiento y sin condiciones que caducan, y cambiarse es un trámite de 13 días hábiles que hace el banco nuevo.

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Preguntas frecuentes

¿Cuánto tarda mi banco en contestarme?

Depende del producto. En servicios de pago —cuentas corrientes, tarjetas, transferencias, recibos domiciliados— el Servicio de Atención al Cliente tiene 15 días hábiles. En cualquier otro asunto —hipotecas, créditos al consumo, depósitos— dispone de un mes. Pasado el plazo sin respuesta, ya puedes acudir al Banco de España.

¿Puedo ir directamente al Banco de España?

No. Tienes que acreditar que antes reclamaste al Servicio de Atención al Cliente de tu entidad y que te contestó de forma insatisfactoria o que dejó pasar el plazo. Es un requisito de admisión: si lo saltas, te devuelven la reclamación y pierdes semanas.

¿Cuánto tarda el Banco de España?

Hasta cuatro meses desde que admite tu reclamación. Es gratuito y no necesitas abogado ni procurador. Al final emite un informe motivado diciendo si la entidad se ajustó o no a las buenas prácticas bancarias.

Si el Banco de España me da la razón, ¿el banco tiene que pagarme?

No está obligado: sus resoluciones no son vinculantes. Muchas entidades rectifican igualmente, porque acumular informes desfavorables tiene coste reputacional y supervisor. Y si terminas en el juzgado, ese informe juega claramente a tu favor. Hay una ley en tramitación para crear una autoridad cuyas resoluciones sí obliguen en reclamaciones de menos de 20.000 €, pero todavía no está en vigor.

¿Sirve de algo reclamar por importes pequeños?

Sí, y es donde más se gana en proporción al esfuerzo. Una comisión de 60 € no compensa un pleito, pero sí un escrito de media página que suele resolverse en el primer escalón. Además, si la comisión es recurrente, lo que estás recuperando no son 60 € sino 60 € cada trimestre mientras sigas siendo cliente.

¿Qué hago si mi problema es con un fondo o con un seguro?

Cambia el organismo: los productos de inversión van a la CNMV y los seguros a la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, aunque los hayas contratado en tu banco de siempre. El primer escalón sigue siendo el mismo: el servicio de atención al cliente de la entidad.

FUENTES

— Banco de España, Portal del Cliente Bancario: plazos de la reclamación y cómo presentarla (clientebancario.bde.es)

— Banco de España, Departamento de Conducta de Entidades: naturaleza no vinculante de sus informes

— Proyecto de ley de creación de la autoridad administrativa independiente de defensa del cliente financiero, en tramitación parlamentaria a septiembre de 2026

— Reglamento (UE) 2024/886, sobre transferencias inmediatas en euros y sus comisiones

— CNMV, Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones y AEPD: canales de reclamación por tipo de producto

Stratex Lab es un comparador independiente. Este artículo es divulgativo y no constituye asesoramiento jurídico: cada reclamación depende de sus circunstancias y de la documentación disponible. Los plazos citados son los publicados por el supervisor y pueden cambiar con la normativa; confirma siempre la versión vigente. Contiene un enlace de afiliado: si contratas a través de él podemos recibir una comisión sin coste adicional para ti, y eso no altera nuestra valoración.

Cómo trabajamos. Comparamos productos financieros con datos públicos de las entidades y de fuentes oficiales (Banco de España, BOE, AEAT, DGSFP, CNMV). Algunos enlaces son de afiliado: si contratas a través de ellos podemos cobrar una comisión, sin coste para ti y sin que eso altere el orden ni las valoraciones.

Esta página es información general, no asesoramiento financiero personalizado. Endeudarse tiene riesgos: revisa siempre la TAE, el coste total y las comisiones antes de firmar.

Publicado el 20 de agosto de 2025 · Última revisión el 11 de septiembre de 2026.