Última actualización: 8 de junio de 2026
Deudas
Actualizado marzo 2026
Solo en el primer trimestre de 2025, 13.718 personas físicas presentaron concurso de acreedores en España — un 87,6% más que el año anterior. La mayoría se acogieron a la Ley de Segunda Oportunidad, el mecanismo legal que permite cancelar todas tus deudas y empezar de cero. Si no puedes pagar lo que debes y sientes que no hay salida, esta ley existe exactamente para tu situación.
Lo esencial
Qué es: Un procedimiento judicial que permite a particulares y autónomos insolventes cancelar sus deudas de forma legal y definitiva.
Legislación: Ley 25/2015, reformada por la Ley 16/2022 que simplificó y abarató el proceso.
Cuánto cuesta: Entre 2.000€ y 5.000€ de abogado + ~200€ de procurador. Primera consulta gratuita en la mayoría de despachos.
Cuánto tarda: Entre 6 y 18 meses según complejidad del caso.
Resultado: Cancelación total o parcial de deudas + salida de ficheros de morosos (ASNEF, RAI, BADEXCUG).
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¿Qué es la Ley de Segunda Oportunidad y cómo funciona?
La Ley de Segunda Oportunidad (Ley 25/2015, reformada por la Ley 16/2022) es un procedimiento judicial diseñado para personas físicas — particulares y autónomos — que se encuentran en situación de insolvencia. En términos prácticos: si no puedes pagar tus deudas y no ves cómo hacerlo, esta ley te permite cancelarlas legalmente.
El mecanismo técnico se llama Exoneración del Pasivo Insatisfecho (EPI), antes conocido como BEPI (Beneficio de Exoneración del Pasivo Insatisfecho). Funciona así: un juez mercantil analiza tu situación, verifica que cumples los requisitos de la Ley de Segunda Oportunidad y, si todo es correcto, dicta un auto que cancela tus deudas. Las que quedan exoneradas desaparecen para siempre — tus acreedores ya no pueden reclamarte ni un céntimo por ellas.
La reforma de 2022 fue un cambio radical. Antes necesitabas pasar por un mediador concursal, un notario, el Registro Mercantil y la Cámara de Comercio. Ahora vas directamente al juzgado. Eso ha reducido plazos, costes y burocracia.
89,2%
de los concursos de acreedores en España son de personas físicas
Dato del T1 2025 — Colegio de Registradores de España
¿Qué requisitos necesitas para acogerte a la Ley de Segunda Oportunidad?
No todo el mundo puede acogerse. La ley exige cumplir estos requisitos:
Ser persona física
Particulares y autónomos. Las empresas (personas jurídicas) tienen otro procedimiento: el concurso de acreedores ordinario.
Estar en insolvencia actual o inminente
No puedes pagar tus deudas regularmente ahora, o prevés que no podrás en los próximos 3 meses. No basta con «tener deudas»: tiene que existir una imposibilidad real de pago.
Tener al menos 2 acreedores
Si solo debes dinero a una entidad, no puedes acogerte. Necesitas dos o más acreedores diferentes (bancos, financieras, Hacienda, particulares…).
Deuda total inferior a 5 millones de euros
En la práctica, esto no es un problema para la inmensa mayoría de personas.
Actuar de buena fe
No haber provocado la insolvencia deliberadamente, no haber ocultado bienes, no haber sido condenado por delitos económicos (fraude, falsedad documental, blanqueo) en los 10 años anteriores.
No haberte acogido en los últimos 10 años
Si ya te beneficiaste de la LSO hace menos de 10 años, no puedes volver a solicitarla.
Buena noticia
Estar en ficheros de morosos como ASNEF no te impide acogerte a la LSO. De hecho, una vez el juez dicta el auto de exoneración, los juzgados ordenan de oficio tu eliminación de ASNEF, RAI, BADEXCUG y cualquier otro fichero.
¿Qué deudas se pueden cancelar con la LSO (y cuáles no)?
La Ley de Segunda Oportunidad puede cancelar la mayoría de tus deudas, pero hay excepciones. Vamos a los datos:
| Tipo de deuda | ¿Se puede cancelar? | Detalle |
|---|---|---|
| Préstamos personales | Sí | Bancos, financieras, microcréditos |
| Tarjetas revolving | Sí | Wizink, Cofidis, Cetelem, etc. |
| Deudas con particulares | Sí | Préstamos de familiares, amigos, etc. |
| Avales y fianzas | Sí | Garantías personales firmadas |
| Deuda con Hacienda | Sí* | Ley: hasta 10.000€. Supremo 2026: puede ser total |
| Deuda con Seg. Social | Sí* | Ley: hasta 10.000€. Supremo 2026: puede ser total |
| Hipoteca (garantía real) | No | La garantía subsiste, pero sí la deuda personal que exceda el valor del bien |
| Pensión alimenticia | No | Nunca es exonerable |
| Multas penales | No | Condenas económicas por delito |
| Deuda pública >10.000€ | Depende* | El Supremo permite superar el límite si impide la reinserción económica |
¿Qué pasa con la hipoteca?
La hipoteca como garantía real no se cancela. Pero si tu vivienda vale menos que la deuda hipotecaria (por ejemplo, debes 180.000€ y la casa vale 120.000€), la diferencia de 60.000€ sí puede exonerarse. Si no tienes vivienda, la deuda personal restante tras la ejecución también es exonerable.
Novedad 2026: el Tribunal Supremo abre la puerta a cancelar TODA la deuda pública
La ley dice que solo puedes cancelar 10.000€ de deuda con Hacienda y otros 10.000€ con la Seguridad Social. Pero el Tribunal Supremo ha cambiado las reglas del juego en 2026.
La sentencia STS 450/2025 (20 de marzo) fue la primera en señalar que el límite de 10.000€ es desproporcionado y excede lo que exige la Directiva UE 2019/1023. En febrero de 2026, el Supremo dictó una cascada de sentencias (STS 260/2026, 425/2026, 436-441/2026) que consolidan esta doctrina:
Lo que cambia con la doctrina del Supremo 2026
1. Los jueces pueden superar el límite de 10.000€ si mantenerlo impide la reinserción económica del deudor.
2. La deuda pública subordinada (intereses, recargos, sanciones) es totalmente exonerable sin límite.
3. Que Hacienda te haya derivado responsabilidad tributaria no bloquea automáticamente la exoneración — solo si se demuestra mala fe o culpa grave.
4. El criterio clave pasa a ser la proporcionalidad: ¿mantener la deuda pública impide que la persona pueda rehacer su vida económica?
¿Qué significa esto en la práctica? Si debes 30.000€ a Hacienda y 15.000€ a la Seguridad Social, antes la LSO solo te cancelaba 20.000€ (10.000€ de cada uno). Ahora, si tu abogado argumenta bien que esos 25.000€ restantes te impiden reinsertarte económicamente, un juez puede cancelar la totalidad. No es automático — depende del caso — pero la puerta está abierta.
Ojo con esto
La doctrina del Supremo no significa que toda la deuda pública se cancele automáticamente. Necesitas un abogado que conozca esta jurisprudencia y la argumente ante el juez de tu caso. No todos los juzgados mercantiles aplican este criterio todavía. La especialización del letrado importa más que nunca.
¿Cuánto cuesta acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad en 2026?
Los números lo dejan claro: la LSO no es gratis. Necesitas abogado y procurador obligatoriamente. Estos son los costes reales que hemos encontrado en el mercado:
| Concepto | Coste orientativo | Notas |
|---|---|---|
| Abogado (caso sencillo) | 2.000€ – 3.000€ | Sin vivienda, pocos acreedores |
| Abogado (caso complejo) | 3.500€ – 5.000€ | Con vivienda, autónomo, muchos acreedores |
| Procurador | ~200€ | Representación procesal obligatoria |
| Tasas judiciales | 0€ | Las personas físicas están exentas |
| Total estimado | 2.200€ – 5.200€ | Muchos despachos ofrecen pago fraccionado |
¿Qué significa esto para tu bolsillo? Si debes 30.000€ entre tarjetas revolving, microcréditos y un préstamo personal, pagar 3.000€ de abogado para cancelar los 30.000€ es una inversión con un retorno de 10 a 1. El problema es que si estás en insolvencia, juntar esos 3.000€ no es fácil. Por eso muchos despachos ofrecen pagos de 100-150€/mes mientras dura el procedimiento.
Ojo con esto
Desconfía de empresas que cobran honorarios muy por encima de 5.000€ o que prometen resultados «garantizados». La LSO depende de un juez, y ningún abogado puede garantizarte el resultado. También evita a intermediarios que no son abogados: legalmente, solo un letrado colegiado puede representarte en el juzgado.
Proceso paso a paso: cómo solicitar la Ley de Segunda Oportunidad
Tras la reforma de 2022, el proceso se ha simplificado. Ya no necesitas pasar por mediador concursal ni notario. Estos son los pasos:
Consulta inicial con un abogado especializado
Un abogado analiza tu situación: deudas, ingresos, bienes, número de acreedores. Te dice si cumples los requisitos y qué modalidad de exoneración te conviene. La primera consulta suele ser gratuita.
Recopilación de documentación
Tu abogado reúne: listado completo de acreedores e importes, certificados de deuda (CIRBE, ASNEF), declaración de la renta, certificado de bienes del Registro de la Propiedad, nóminas o certificado de desempleo, y certificado de antecedentes penales.
Solicitud al juzgado mercantil
Se presenta la solicitud de concurso consecutivo ante el juzgado mercantil de tu domicilio. El juez nombra un administrador concursal que revisa tu patrimonio y elabora un informe.
Liquidación o plan de pagos
Si tienes bienes (excepto vivienda habitual en algunos casos), se liquidan para pagar lo que se pueda. Si no tienes bienes, se declara «concurso sin masa» y se pasa directamente a la exoneración.
Auto de exoneración
El juez dicta el auto que cancela tus deudas. Puede ser exoneración inmediata (si no tienes bienes ni ingresos suficientes) o diferida (plan de pagos de 3-5 años para la parte no exonerable). Una vez firme, tus acreedores ya no pueden reclamarte.
Exoneración inmediata vs. plan de pagos: ¿cuál te conviene?
La reforma de 2022 creó un sistema dual. Según tu situación, puedes optar por una u otra vía:
| Característica | Exoneración inmediata | Plan de pagos (diferida) |
|---|---|---|
| Cuándo aplica | Sin bienes ni ingresos suficientes | Tienes ingresos regulares o bienes |
| Duración | 6-12 meses (el proceso judicial) | 3-5 años de plan + proceso |
| Qué se cancela | Todas las deudas exonerables | Lo que quede tras cumplir el plan |
| Liquidación bienes | Sí (si los hay) | No necesariamente |
| Deuda pública exonerable | Hasta 10.000€ (Hacienda + SS) | Hasta 10.000€ (Hacienda + SS) |
| Ideal para | Persona sin nada que perder | Persona que quiere conservar vivienda |
La respuesta corta: depende de tu situación. Si no tienes vivienda en propiedad, ni coche de valor significativo, ni ingresos estables, la exoneración inmediata suele ser la vía más rápida. Si tienes una hipoteca que quieres mantener, el plan de pagos te permite conservarla mientras cancelas el resto de deudas.
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¿Cuánto tarda la Ley de Segunda Oportunidad?
La ley establece un plazo máximo de 18 meses para todo el proceso. En la práctica, los tiempos varían según la carga del juzgado y la complejidad del caso:
| Fase | Plazo habitual |
|---|---|
| Recopilación de documentos | 2-4 semanas |
| Admisión a trámite | 1-3 meses |
| Informe administrador concursal | 1-2 meses |
| Liquidación (si hay bienes) | 2-6 meses |
| Auto de exoneración | 1-2 meses |
| Total (caso sencillo) | 6-12 meses |
| Total (caso complejo) | 12-18 meses |
Desde el momento en que se admite a trámite tu solicitud, los embargos se paralizan automáticamente y los acreedores dejan de poder reclamarte. Eso incluye llamadas de recobro, cartas amenazantes y procedimientos ejecutivos. Es uno de los beneficios inmediatos, incluso antes de que se resuelva todo.
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Ventajas y riesgos reales de la Ley de Segunda Oportunidad
Vamos a ser honestos con lo bueno y lo malo.
Lo que ganas
Cancelación definitiva de deudas. Una vez firme el auto, esas deudas desaparecen legalmente. Tus acreedores no pueden reclamarte nunca más por ellas.
Paralización inmediata de embargos. Desde que se admite a trámite, los embargos se frenan. Si te están quitando parte de la nómina o la pensión, eso se para.
Salida de ficheros de morosos. El juzgado ordena tu eliminación de ASNEF, RAI, BADEXCUG y cualquier otro fichero. Si necesitas consultar si estás en ASNEF, hazlo antes de iniciar el proceso para saber exactamente en qué ficheros apareces.
Fin de las llamadas de recobro. Las empresas de recobro dejan de tener base legal para contactarte.
Lo que deberías saber antes de solicitar
Lo que no te cuentan
Puedes perder bienes. Si tienes un coche de valor, ahorros, o una segunda vivienda, se liquidarán para pagar a los acreedores. La vivienda habitual puede protegerse en algunos casos con el plan de pagos, pero no siempre.
Tu historial crediticio quedará marcado. Aunque salgas de los ficheros, el concurso consta en registros públicos. Conseguir financiación en los años siguientes será complicado.
No puedes volver a acogerte en 10 años. Es una carta que solo puedes jugar una vez por década.
No es instantáneo. Incluso en los casos más rápidos, estamos hablando de 6 meses. Y durante ese tiempo necesitas un abogado trabajando en tu caso.
¿La LSO es para ti? Alternativas según tu situación
La Ley de Segunda Oportunidad no es la única opción. Dependiendo de cuánto debas y de tu capacidad de pago, puede haber vías más rápidas o menos drásticas:
| Tu situación | Mejor opción | Por qué |
|---|---|---|
| No puedes pagar nada, múltiples acreedores | LSO (exoneración inmediata) | Cancela todo, empiezas de cero |
| Puedes pagar algo mensual, quieres quitas | Reunificación / Repagalia | Negocian descuentos sin juzgado |
| Estás en ASNEF por inclusión indebida | Reclamación ASNEF | Baja cautelar + borrado sin necesidad de LSO |
| Tarjeta revolving con intereses abusivos | Reclamación de revolving | Puedes recuperar intereses pagados |
| No puedes pagar + tienes vivienda | LSO (plan de pagos) | Permite conservar vivienda habitual |
Preguntas frecuentes
¿Puedo acogerme a la Ley de Segunda Oportunidad si trabajo?
Sí. Tener trabajo no te excluye. Lo que importa es que tus ingresos sean insuficientes para pagar tus deudas. Si cobras 1.200€/mes y debes 40.000€ a 5 acreedores, puedes acogerte. El juez tendrá en cuenta tu capacidad de pago para decidir entre exoneración inmediata o plan de pagos.
¿Puedo cancelar deudas con Hacienda con la LSO?
La ley establece un límite de 10.000€ por organismo público. Pero el Tribunal Supremo ha abierto la puerta en 2026 a cancelar importes superiores si mantener esa deuda impide tu reinserción económica (STS 450/2025, STS 260/2026). Los intereses, recargos y sanciones son exonerables sin límite. Un abogado especializado puede argumentar la exoneración total ante el juez.
¿Pierdo mi vivienda habitual si me acojo a la LSO?
No necesariamente. Si optas por un plan de pagos, puedes conservar tu vivienda habitual siempre que sigas pagando la hipoteca. En la exoneración inmediata con liquidación, la vivienda entra en la masa concursal si tiene valor significativo. Un abogado puede analizar tu caso concreto y recomendarte la mejor vía.
¿Me quitarán de ASNEF si me acojo a la Ley de Segunda Oportunidad?
Sí. Una vez el juez dicta el auto de exoneración, los juzgados ordenan de oficio la eliminación de tus datos en todos los ficheros de morosos: ASNEF, RAI, BADEXCUG y CIRBE. Es uno de los efectos automáticos de la exoneración.
¿Cuánto tarda en resolverse un caso de Ley de Segunda Oportunidad?
Un caso sencillo (sin bienes, pocos acreedores) se resuelve en 6-12 meses. Los casos complejos (con vivienda, autónomos, muchos acreedores) pueden llegar a 18 meses. La ley establece 18 meses como plazo máximo. Desde que se admite a trámite, los embargos se paralizan automáticamente.
¿Necesito abogado para la Ley de Segunda Oportunidad?
Sí, es obligatorio. Necesitas un abogado y un procurador para presentar la solicitud ante el juzgado mercantil. El coste total oscila entre 2.200€ y 5.200€ según la complejidad del caso. Muchos despachos ofrecen la primera consulta gratuita y facilidades de pago fraccionado.
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FUENTES
— Ley 25/2015, de 28 de julio, de mecanismo de segunda oportunidad (BOE-A-2015-8469)
— Ley 16/2022, de 5 de septiembre, de reforma del texto refundido de la Ley Concursal (BOE-A-2022-14580)
— Tribunal Supremo: STS 450/2025, STS 260/2026, STS 425-441/2026 (exoneración crédito público)
— Directiva UE 2019/1023 sobre marcos de reestructuración e insolvencia
— Estadística del Procedimiento Concursal T1 2025 — Colegio de Registradores de España
— Webs oficiales de DeudaGo, Repagalia y Woinfi Legal (condiciones consultadas en marzo 2026)
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